Ciudad de México.- Las comisiones del Senado aprobaron un dictamen que castiga con uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien use logos, identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales falsos del Gobierno para inducir al error y cometer un ilícito. El cambio llegó después de la polémica por la llamada ‘Ley Antimemes’, como la bautizó la oposición al advertir riesgos de censura contra parodias, sátiras y memes.
El ajuste fue presentado por Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, quien acotó la redacción original para evitar que se interpretara como una sanción a contenidos de crítica política en redes sociales. El texto inicial contemplaba penas de tres a siete años de prisión, además de multas de mil a 10 mil UMA.
¿Qué aprobó el Senado y a quién sí podría sancionar?
De acuerdo con la nueva redacción, se impondrá de 1 a 5 años de prisión y multa de 1,000 a 10,000 UMA a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore a escala comercial la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o cualquier documento oficial, cuando esa acción busque engañar a una o más personas para cometer un delito.
Corral explicó que el objetivo es frenar fraudes que suplantan a instituciones públicas. Como ejemplo, mencionó portales inventados con logos del Gobierno que piden depósitos a personas o prometen que, al comprar una acción, se vuelven accionistas de Pemex.
Con ello, el eje del dictamen dejó de centrarse sólo en el uso de símbolos oficiales y pasó a enfocarse en la finalidad de generar engaño sobre el origen oficial de contenidos, servicios o comunicaciones.
¿Por qué surgió la polémica por la ‘Ley Antimemes’?
La controversia comenzó porque la oposición consideró que la redacción original podía abrir la puerta a sanciones contra creadores de contenido, caricaturistas o usuarios de redes sociales que hicieran parodia, sátira o crítica política usando signos oficiales.
Alejandra Barrales Magdaleno, vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano en el Senado, acusó que proponer cárcel para memes o parodias sería “censura disfrazada de propiedad intelectual” y un golpe a la libertad de expresión.
En el mismo sentido, la senadora del PAN, Guadalupe Murguía, advirtió que la redacción previa podía alcanzar a quienes hacen comedia, caricatura o parodia en medios impresos, radio, televisión y plataformas digitales.
Frente a esas críticas, Manuel Ladrón de Guevara, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, rechazó que la reforma busque censurar internet o castigar la crítica. Según dijo, el enfoque está en conductas realizadas a escala comercial y no en expresiones de opinión o humor político.
¿Qué cambia para los casos de piratería y venta de falsificaciones?
La iniciativa también modifica el criterio para definir cuándo un delito de piratería o falsificación ocurre a escala comercial. En lugar de hablar de “especulación comercial” o “fines de lucro”, el dictamen establece que la autoridad deberá valorar la afectación al mercado y considerar que el valor de la mercancía ilícita sea igual o superior a 170 UMA.
El senador morenista Juan Carlos Loera de La Rosa sostuvo que la sola posesión de mercancía o el hecho de estar detrás de un puesto no debe convertirse automáticamente en una sentencia. Según explicó, la autoridad tendrá que demostrar una dimensión comercial relevante y acreditar la responsabilidad de cada persona.
Además, la reforma endurece las penas por comercialización de falsificaciones. Si la venta ocurre en calles o lugares públicos, la sanción será de dos a seis años de prisión. Pero si la mercancía pirata se vende en establecimientos fijos, locales o de manera organizada, la pena sube a cuatro a diez años de cárcel.
En los hechos, el dictamen aprobado en comisiones intenta cerrar el paso al fraude con identidad gubernamental y a la piratería comercial, mientras busca desactivar el señalamiento de que se trata de una ley para castigar memes o parodias.
Fuente: Tribuna
