Chihuahua, México.- La jueza federal Victoria Alejandra Espinoza Alaniz definirá hoy si Juan Carlos V. T. y Jorge Antonio C. B. son responsables o no del delito de terrorismo por hechos relacionados con el llamado ‘Jueves Negro’ en Ciudad Juárez. La audiencia está programada a las 4:00 de la tarde en el Centro de Justicia Penal Federal y cerrará la causa penal 8/2023, abierta por la violencia registrada entre el 11 de agosto de 2022 y la madrugada del día siguiente.
El fallo llega después de más de dos meses de juicio oral. El proceso comenzó el 15 de julio y la Fiscalía General de la República presentó 84 testigos, en su mayoría servidores públicos, además de ciudadanos que declararon sobre alguno de los 29 hechos violentos documentados entre el 11 y 12 de agosto. La defensa, por su parte, presentó un testigo.
Qué se decidirá en el juicio por terrorismo
La resolución de este lunes es uno de los desenlaces judiciales más relevantes en años recientes para casos de terrorismo en Ciudad Juárez. En este expediente, la FGR sostiene que Juan Carlos V. T., quien estaba interno en el Cereso Estatal 3 durante el “Jueves Negro”, habría instigado desde prisión el incendio de un camión de transporte de personal en Riberas del Bravo y que esa instrucción habría llegado hasta Jorge Antonio C. B.
Durante el juicio también hubo una modificación de la acusación. La FGR planteó una reclasificación para agregar a Juan Carlos el delito de homicidio calificado, mientras que a Jorge Antonio le añadió el de posesión de artificios explosivos.
Los puntos clave de la defensa de cada acusado
La situación procesal de ambos acusados es distinta. En el caso de Jorge Antonio C. B., su defensa sostuvo hasta el cierre del juicio que ya fue juzgado en el fuero estatal por los mismos hechos relacionados con la quema del camión 9232, ocurrida el 11 de agosto de 2022.
Según ese argumento, en la causa penal 180/2023 fue condenado por daños con penalidad agravada y absuelto de ataque a la paz pública y homicidio en grado de tentativa. Por ello, la defensa alegó que volver a procesarlo por esos mismos hechos violaría el principio de non bis in idem, que impide juzgar dos veces a una persona por el mismo hecho.
Respecto a Juan Carlos V. T., uno de los puntos de mayor controversia fue una entrevista rendida en agosto de 2023 por Carlos Adrián G. J., quien entonces estaba relacionado con la investigación y después fue asesinado. La Fiscalía incorporó esa entrevista como prueba documental y afirmó que Carlos Adrián era testigo directo de hechos que vinculaban a Juan Carlos con la orden de incendiar el camión.
La defensa cuestionó esa prueba al sostener que Carlos Adrián G. J. había sido imputado por terrorismo cuando era adolescente y que, por esa condición, debió contar con garantías específicas. También puso en duda la autenticidad de la firma que aparece en la entrevista, al compararla con otros documentos firmados por el joven durante su proceso.
Por qué este fallo es relevante en Ciudad Juárez
El juicio 8/2023 se suma a otros antecedentes relevantes de acusaciones por terrorismo en la ciudad. Uno de los casos más conocidos fue el del coche bomba de 2010, cuya investigación derivó en el proceso penal 218/2012, radicado en el Juzgado Sexto de Distrito, contra siete personas por los delitos de terrorismo, homicidio calificado, tentativa de homicidio calificado y utilización de vehículo robado.
Otro expediente reciente es el de Gran Patio Zaragoza, donde Osvaldo N. M. fue vinculado a proceso en 2023 por terrorismo, fabricación y portación de artefactos explosivos, tras la colocación de artefactos los días 14 de abril y 19 de mayo de ese año.
En los alegatos de clausura del viernes pasado, ambas defensas pidieron la absolución de sus representados. La decisión de hoy definirá si las pruebas y argumentos presentados durante más de dos meses son suficientes para acreditar responsabilidad penal o si corresponde un fallo absolutorio.
Fuente: Tribuna
