Nueva York, Estados Unidos.- Una jueza federal del Distrito Sur de Nueva York (SDNY) declaró ilegal la suspensión de visas de residencia permanente impuesta por la administración de Donald Trump a ciudadanos de 75 países. La resolución determinó que el Departamento de Estado, encabezado por Marco Rubio, excedió sus atribuciones al ordenar un rechazo generalizado basado en la nacionalidad de los solicitantes.

¿Por qué la Corte declaró ilegal la suspensión de visas?

La jueza Jeannette A. Vargas concluyó que la política violaba la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1965, legislación que prohíbe discriminar por origen nacional durante la asignación de visas. Según el dictamen judicial, la ley exige que cada solicitud sea analizada de forma individual para determinar si una persona podría convertirse en una carga pública.

El fallo también señala que un cable diplomático emitido por el Departamento de Estado instruía a funcionarios consulares a negar solicitudes incluso cuando los aspirantes demostraban solvencia económica suficiente. Para la Corte, esa directriz eliminaba indebidamente el criterio independiente de los oficiales migratorios.

¿Qué países fueron afectados por la medida?

La restricción entró en vigor en enero de 2026 y congeló la emisión de residencias permanentes para ciudadanos de 75 naciones, equivalentes a cerca del 40 por ciento de los países del mundo, según datos citados durante el litigio. La medida no afectó las visas temporales de turismo o estudio, pero sí paralizó por completo los procesos de residencia por reunificación familiar y empleo.

Entre los países incluidos figuraban Brasil, Colombia, Guatemala, Haití, Cuba y Uruguay en América; Nigeria, Marruecos, Egipto, Etiopía y Ghana en África; además de Afganistán, Irán, Pakistán, Siria y Tailandia en Asia, junto con Rusia, Albania y Georgia en Europa.

¿Quién impulsó la demanda y qué ordenó el tribunal?

La acción judicial fue promovida por organizaciones como la Red Católica de Inmigración Legal, el Centro Nacional de Leyes de Inmigración y el Centro por los Derechos Constitucionales, además de ciudadanos estadounidenses e inmigrantes que alegaron haber quedado separados de sus familias o imposibilitados para asumir empleos en Estados Unidos.

La sentencia ordena al Departamento de Estado restablecer de inmediato la evaluación individualizada de los expedientes de visa de residencia. Asimismo, las partes deberán presentar antes del 11 de septiembre sus propuestas para atender los miles de casos pendientes, mientras el Departamento de Justicia conserva la posibilidad de apelar el fallo ante una instancia superior.

De mantenerse vigente la resolución, el proceso migratorio volverá a analizar factores personales como edad, salud, situación financiera y capacidades laborales, en lugar de aplicar una prohibición automática por nacionalidad. La decisión podría beneficiar a miles de familias y profesionales cuyos trámites permanecían congelados desde principios de 2026.

Fuente: Tribuna